El
día de hoy 29.12.19 ha sido publicado en el diario oficial el Peruano la Resolución de Superintendencia N° 271-2019/Sunat que aprueba disposiciones y
formularios para la Declaración
Jurada Anual 2019.
Plazo
para presentar la Declaración y efectuar el pago de regularización del Impuesto
y del ITF, correspondiente al ejercicio gravable 2019
Por el
ejercicio gravable 2019, los deudores tributarios presentan la Declaración y,
de corresponder, efectúan el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de
acuerdo con el siguiente cronograma:
Artículo 11. Balance de
comprobación
11.1
Los contribuyentes a que se refiere el inciso 3.1.1 del
párrafo 3.1 del artículo 3 que al 31 de diciembre de cada ejercicio hubieren
generado ingresos superiores a 1 700 (mil setecientas) UIT correspondientes al
referido ejercicio, están obligados a consignar en la Declaración, como
información adicional, un balance de comprobación.
Nota:
En el 2018 solicitaban obligatoriamente que se
adicione el BC cuando los ingresos superaban las 300UIT para este ejercicio
2019 han subido el limite ahora es 1.700 UIT, tenerlo en cuenta.
Artículo 18. Presentación de
la Declaración
Los
contribuyentes indicados en los artículos 16 y 17 presentan la Declaración
mediante el Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera
Categoría e ITF o, excepcionalmente, en el PDT N.° 710 consignando el
íntegro de la información que fuera requerida por cada uno de los contratos de
exploración y explotación o explotación de hidrocarburos, actividades
relacionadas u otras actividades a que se refiere el TUO de la Ley N.° 26221,
Ley Orgánica de Hidrocarburos, o por cada concesión minera o Unidad
Económica-Administrativa a que se refiere el TUO de la Ley General de Minería,
aprobado por el Decreto Supremo N.° 014-92-EM, a fin de determinar el Impuesto
correspondiente.
SEXTA.
Puesta a disposición de los formularios en SUNAT Virtual
Los
formularios virtuales aprobados por el artículo 2 se encontrarán disponibles en
SUNAT Virtual de acuerdo a lo siguiente:
1.
El Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual – Persona
Natural estará disponible a partir del 17 de febrero de 2020.
2.
El Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Simplificado
– Tercera Categoría y el Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Completo –
Tercera Categoría e ITF estarán disponibles a partir del 2 de enero de 2020.
3.
El PDT N.° 710 estará disponible a partir del 25 de marzo
de 2020.
Nota:
Tener en
cuenta que el PDT N.° 710 solo podrá ser utilizado excepcionalmente en los casos que por causas no
imputables a los contribuyentes estos se encuentren imposibilitados de presentar
la Declaración a través de SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual N.° 710:
Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría, o el Formulario Virtual N.°
710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF.