Con fecha 31.12.2019 ha sido publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución de Superintencia N°279-2019/SUNAT
En la que designan nuevos emisores electrónicos del SEE, para el 2020.
¿ Como saber que estamos obligados a emitir comprobantes electrónicos y desde cuando seria?
Acá debemos de tener en cuenta lo siguiente:
Si al 31 de diciembre de 2019 has obtenido ingresos anuales inferiores a 150 UIT y realicen operaciones por las que se debe emitir factura o boleta
de venta.
Esto debes saber.
¿Qué debo sumar para saber si supero el limite de ingresos anuales?
Antes de sumar debes tener en cuenta que se considera como ingresos anuales al mayor monto que resulte de comparar
los ítems A y B del siguiente cuadro:
¿ Que pasa si no cumplo con emitir comprobante de pago electronico, estando obligado?
Pues si no cumples con lo indicado en la norma antes señalada, se configura la siguiente infracción - Art.174 numeral 2 del Codigo Tributario "Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión".
Y esa infracción conlleva la siguiente sanción: 50% de la UIT o cierre.
Dejamos adicionalmente el siguiente Informe de SUNAT, para mayor detalle,
Apreciación Personal:
Como podemos apreciar, para el 2022 todos emitiran facturas electronicas y de esa manera la Administración Tributaria tendrá el control de todas las facturas, boletas y notas emitidas de forma electrónica.
Con la complementación de la emisión electrónica de comprobantes
de pago, la SUNAT esta teniendo en cuenta que dicha forma de emisión le permite obtener información
para mejorar el control del incumplimiento tributario.
Publicado por: Pamela Torres Huaynate.