Implicancia del alza de la UIT

El día 17 de diciembre se publicó en el diario oficial El Peruano el DECRETO SUPREMO N°160-2024-EF en el cual se determina el nuevo valor de la UIT.




¿Qué implicancias tiene el incremento de la UIT?

Tendrá implicancias en el aspecto laboral, tributario y judicial.

Laboral

  • Multas Laborales – Sunafil

De conformidad con el artículo 39 de la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, modificado por la Primera Disposición Complementaria de la Ley 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, las infracciones detectadas en una inspección del trabajo serán sancionadas con una multa máxima de:

a)      Doscientos (200) UIT, en caso de infracciones muy graves.
b)      Cien (100) UIT, en caso de infracciones graves.
c)       Cincuenta (50) UIT, en caso de infracciones leves.

La multa máxima por el total de infracciones detectadas no podrá superar las trescientas (300) UIT vigentes en el año que se constató la falta.


Tributario

  • Infracciones Tributarias
  • Renta de Quinta Categoría
Los trabajadores tienen derecho a deducir 7 UIT de su renta bruta anual, es decir quienes ganen hasta este monto al año no pagan impuesto a la renta.

  • Gastos Deducibles
Los gastos deducibles también se ven afectados con el alza de la UIT.

En el artículo 37 de la LIR se menciona una lista de gastos deducibles afectos al impuesto a la renta, pero en la mayoría de los casos con un límite establecido.

Gastos Recreativos: 40 UIT
Gastos de Representación: 40 UIT
Depreciación Activo: ¼ UIT 
Gastos Boletas de Ventas: 200 UIT
Costo de Vehículos: 26 UIT (Mercedes y BMW serían aceptados)
  • Régimen Mype Tributario
También, podemos mencionar el tope para acceder al Régimen Mype Tributario ha sufrido un variación.
Tope en ingresos 1700 UIT
  • Impuesto Predial – Alcabala

Judicial

  • Costos Judiciales

Conclusión. El incremento puede favorecer como no, todo dependerá de que enfoque se aprecie.