Estas son las personas que podrán transitar por las calles durante estado de emergencia

El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció, esta noche mediante un mensaje a la Nación, que el Perú entrará en estado de emergencia durante 15 días para frenar el avance del nuevo coronavirus, COVID-19.


Estas son las personas que podrán transitar por las calles durante estado de emergencia:





- Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.

- Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.

- Retorno al lugar de residencia habitual.

- Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.

- Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.

- Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.

- Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.




Las personas que no acaten la medida van a ser intervenidas. Las que no tengan una justificación para transitar por la calle van a ser intervenidas, el derecho al libre tránsito está restringido. Se les lleva a la comisaría, hacen control de identidad y, con la Fiscalía, para establecer la sanción respectiva”