El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció, esta noche mediante un mensaje a la Nación, que el Perú entrará en estado de emergencia durante 15 días para frenar el avance del nuevo coronavirus, COVID-19.
Estas son las personas que podrán transitar por las calles durante estado de emergencia:
- Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
- Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
- Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
- Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
- Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.
“Las personas que no acaten la medida van a ser
intervenidas. Las que no tengan una justificación para transitar por la calle
van a ser intervenidas, el derecho al libre tránsito está restringido. Se les
lleva a la comisaría, hacen control de identidad y, con la Fiscalía, para
establecer la sanción respectiva”
Fuente: Gestión, La República
