¿Quiénes están obligados a declarar el PLAME web?

En estos días, seguramente has escuchado sobre el PLAME Web, y es probable que te hayan surgido algunas dudas. ¡No te preocupes, estamos aquí para aclararlo todo!


Imagínate, estás en tu oficina o trabajando desde casa, y de repente te dicen que hay un nuevo sistema llamado PLAME Web. ¿Qué significa esto? Vamos a desentrañar el misterio.

Contexto de Cambio:

En respuesta a la transformación digital, se introdujo el PLAME Web como una alternativa al antiguo PDT Planilla Electrónica - PLAME. Esta transición se basa en la Resolución de Superintendencia N.º 000201-2023/SUNAT, emitida el 30 de septiembre de 2023.


Respuestas a Tus Preguntas más Frecuentes

¿Quién está obligado a usarlo?

El Formulario Virtual N° 0601 – PLAME Web se utilizará si el empleador:

a. Pertenece al sector privado, según lo informado en el T- Registro, y tiene hasta 10 trabajadores y/o tiene que informar en la PLAME hasta 10 prestadores de servicios;

b. Debe presentar la PLAME; y

c. Debe presentar la declaración y efectuar el pago que corresponda, exclusivamente por ciertos conceptos, como contribuciones al ESSALUD, ONP, retenciones de impuestos, entre otros.

Simplificando, el requisito mínimo es contar con 10 trabajadores, por lo tanto, si tienes más trabajadores, no estás obligado por ahora.



¿Desde cuándo es obligatorio?

En un principio, era obligatorio a partir de noviembre de 2023, pero se ha postergado al 31 de enero de 2024 según la Resolución de Superintendencia N° 000240-2023/SUNAT.


¿Cuáles son las Ventajas?

  • Los recibos por honorarios figuran en el aplicativo, eliminando la necesidad de registrarlos manualmente.
  • Simplificación del proceso para empleadores con hasta 10 trabajadores.


¿Cuáles son las desventajas?

  • La web presentar fallas.
  • A pesar de tener menos de 10 trabajadores, puede no aparecer la opción de uso.
  • No hay la opción de ingresar información masivamente.

¿Cómo se ingresa al Plame web?

No se descarga ningún aplicativo. Para acceder, solo debes ingresar a "Mis declaraciones y pagos" en SUNAT Operaciones en Línea.


¿Es obligatorio?

Es opcional y ello esta regulado en el articulo 5 de la Resolución de Superintendencia N.º 000201-2023/SUNAT.


👉 Base legal 👈

¡Esperamos que esta guía te haya aclarado todo sobre el PLAME Web! Si tienes más preguntas o necesitas asesoría, ¡no dudes en ponerte en contacto con nosotros! Sigamos avanzando en estos cambios positivos.


Esta publicación se estará actualizando en el transcurso del día y el fin de semana o antes estaremos subiendo un video del uso del PLAME web

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